
Curruchiche es citado por querella de Arévalo y el caso llega al Juzgado Séptimo
El jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), Rafael Curruchiche, fue citado a una audiencia en el Juzgado Séptimo Penal a raíz de una querella presentada por el presidente Bernardo Arévalo. La diligencia busca discutir medidas de coerción solicitadas contra el fiscal, entre ellas arraigo y embargo de bienes.
La citación quedó a cargo del juez “A”, Fredy Orellana, luego de que inicialmente se mencionara que la audiencia sería dirigida por la jueza “B” del mismo juzgado, según reportes judiciales.
Qué se definirá en la audiencia y por qué es relevante

La audiencia tiene un objetivo inmediato: resolver si se imponen medidas cautelares mientras se tramita la querella y antes de que se determine si el fiscal puede ser investigado formalmente por los señalamientos.
Sobre la hora, hay diferencias en los reportes periodísticos: algunos indican que la diligencia fue programada para las 9:00 y otros para las 10:00 de la mañana del martes 27 de enero.
Delitos señalados y el origen del choque
La querella fue presentada el 31 de octubre de 2025 y está vinculada a la divulgación de información del caso denominado “UNOPS – Corrupción Presidencial” y a publicaciones posteriores.
Los delitos atribuidos varían según el resumen publicado por cada fuente, pero coinciden en que el núcleo del reclamo se centra en el uso de información bajo reserva y en el efecto que esa exposición podría tener sobre decisiones judiciales.
Según AGN, se mencionaron estos seis delitos:
- Abuso de autoridad
- Revelación de secretos
- Resoluciones violatorias a la Constitución
- Infracción de privilegio
- Obstrucción de justicia
- Tráfico de influencias
Prensa Libre consignó una lista que incluye:
- Abuso de autoridad
- Infracción de privilegios
- Resoluciones violatorias a la Constitución
- Tráfico de influencias
- Obstrucción de justicia
- Responsabilidad de funcionarios
En cuanto al trasfondo, La Hora reportó que en la querella se sostiene que hubo violación de confidencialidad al exponer escuchas fuera de audiencia y sin presencia de un juzgador, y que la denominación del caso como “Corrupción Presidencial” se considera tendenciosa por involucrar a un mandatario con derecho de antejuicio.
¿La audiencia abrirá un precedente para poner límites verificables a la divulgación de información en casos sensibles, o será otro capítulo del choque entre el Ejecutivo y el Ministerio Público?
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